Casación separó a una cuestionada jueza del juicio oral a Cristina Kirchner por la denuncia de Alberto Nisman


La Cámara Nacional de Casación Penal apartó a una jueza impugnada por la querella del juicio oral contra Cristina Kirchner y otros ex funcionarios en la causa por la denuncia del ex fiscal de la AMIA, Alberto Nisman.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (presidente), Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos (vocales), lo resolvió por mayoría.

El tribunal hizo lugar al recurso interpuesto por una de las partes querellantes y dispuso el apartamiento de la jueza Sabrina Namer, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 8 de la Capital.

Namer había sido miembro de la fiscalía especial AMIA en reemplazo de Nisman con el apoyo de la ex procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó.

La impugnación había sido presentada por la querella que representa a Luis Czyzewski, padre de Paola, víctima del atentado de la AMIA y otros familiares. Ahora el TOF 8 deberá reemplazar a Namer antes de comenzar el juicio contra Cristina, que es el que más repercusión internacional tiene.

En la causa se investigan los delitos de encubrimiento agravado, estorbo de un acto funcional y abuso de autoridad, como consecuencia de la denuncia por encubrimiento de la voladura de la AMIA efectuada por el fallecido fiscal general Alberto Nisman, en el que se encuentran imputados Cristina Fernández de Kirchner, Héctor Timerman y Carlos Zannini, entre otros.

Los jueces Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos consideraron que en el caso se verificó el temor de parcialidad alegado por la parte recurrente que justificó el apartamiento solicitado.

El juez Gemignani entendió de aplicación la doctrina sentada en la causa 15.382 "Beraja Rubén Ezra s/ recurso de casación" Reg. 1983/12 del mismo tribunal, en la que se analizó la garantía de juez imparcial, reconocida dentro de los derechos implícitos del artículo 33 de la C.N. e integrando asimismo una de las aristas que conforman las garantías de debido proceso y de la defensa en juicio (art. 18 de la C.N.). También sostuvo que se encuentra expresamente consagrada en ciertos instrumentos de carácter internacional.

A su vez, el juez Hornos analizó los antecedentes profesionales de la jueza Namer en la UFI AMIA, la posibilidad de que este proceso se haya nutrido de información producida por esa Unidad Fiscal y el contacto que en ese rol tuvo con varias de las personas que ahora están como parte de este proceso y consideró que "… es en un caso como este que, en materia de imparcialidad, las apariencias -en el sentido que al término le da el TEDH- juegan un rol fundamental en el sentido de que el juez no sólo debe ser imparcial, sino también parecerlo".

Así, el juez Hornos contextualizó temporalmente la actuación de la jueza Namer en la UFI AMIA cuando ya la denuncia que originó el presente proceso había sido presentada, el fiscal Alberto Nisman ya había muerto y ya había sido firmado el Memorándum de Entendimiento entre la República Argentina y la República Islámica de Irán.

En tanto, el juez Mariano Hernán Borinsky votó en disidencia y consideró que no corresponde el apartamiento de la jueza Sabrina Namer de estas actuaciones, ya que no existe resolución jurisdiccional alguna que determine la conexidad entre esta causa (denuncia formulada por Nisman) y aquellas en las que la jueza Namer actuó como fiscal. También tuvo en consideración que la parte recurrente –una de las querellas que representa a los familiares de dos víctimas— no logró demostrar ante esta instancia cuáles son los motivos objetivos que surgen del expediente que puedan afectar la garantía del juez imparcial invocada.

El magistrado citó lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en este caso en las Acordadas Nros. 4 y 7, mediante las cuales se apartó al TOF 9, originalmente sorteado para realizar el juicio oral y público, y dispuso un nuevo sorteo; valoró los precedentes dictados por el Máximo Tribunal referidos a la trascendencia constitucional de la garantía del juez natural y mantuvo el criterio restrictivo y de excepción por motivos serios de las recusaciones sostenido por la Cámara Federal de Casación Penal en reiteradas oportunidades.

El tribunal que juzgará a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, al ex canciller Héctor Timerman y a los demás procesados por la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán por el atentado a la AMIA, convocó formalmente hace unas semanas las partes para comenzar a preparar ese debate.

En una resolución firmada por la jueza del Tribunal Oral Federal 8, María Gabriela López Iñiguez, se citó a las partes a juicio oral, un paso formal que abre el camino para ofrecer prueba, plantear recusaciones, excepciones o nulidades.

La actual senadora Kirchner, el ex canciller Timerman, el ex secretario Legal y Técnico de ese gobierno Carlos Zannini y otros ex funcionarios como Oscar Parrilli, además de Luis D'Elía y Fernando Esteche, fueron enviados a juicio oral en la investigación abierta por la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman por el juez Claudio Bonadio.

Todos están procesados por supuesto encubrimiento agravado a raíz de la firma del fallido Memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán por el ataque terrorista del 18 de julio de 1994 que causó 85 muertos en la sede de la mutual judía en el barrio porteño de Once.

Fuente: Clarín