Derecho de Familia: el antojo como ley, en la sociedad. Por Fishel Szlajen


La subversión del derecho familiar está deshaciendo las leyes y costumbres milenarias de Occidente. La familia, como dice R. Gambra, es la primera y más universal forma de sociabilidad, siendo la parentalidad lo que une a los seres humanos determinando la institución familiar. Así, no puede entenderse y nunca ha existido una sociedad sin familias. Por ello, el cambio, deterioro o fortalecimiento de esta célula básica, cambiará, deteriorará o fortalecerá la sociedad.

Desde las tradiciones legales, la ley natural como razón teórica, no contempla las particularidades y por ello debe ser determinada por lo positivo, como razón práctica. Pero esto no significa arbitrariedad de convenciones, sino un proceso prudencial de producción del derecho acorde a las contingencias socio-culturales, cuyas disposiciones deben ser acorde a los principios naturales que legitiman e imprimen racionalidad a dichas determinaciones positivas, cuyo objeto es hacer posible el cumplimiento aquí y ahora de lo preceptuado por la razón natural. Es decir, si bien lo positivo no es una mera explicitación de lo natural, tampoco es una convención arbitraria, sino la ponderación de aquellos principios naturales en las circunstancias de tiempo y lugar. Es precisamente la racionalidad que se deriva de la ley natural a lo positivo, el esqueleto invariable sin el cual lo positivo no sería sino arbitrariedad y abuso. La actividad positiva, entonces, no debiera ser una capacidad inventiva, sino una labor legislativa libre pero sin contravenir lo dispuesto por la ley o razón natural la cual le otorga legitimidad. Más aún, el grado de conformidad o no con la razón natural es la medida de la justicia esencial de lo positivo. Esta es la razón fundamental por la cual no se puede positivar sin un fundamento o sostén genérico de la ley natural.

No obstante, hoy lo positivo ha devenido en una desmedida autonomía como nueva norma cultural, una ética del self y sacralización del yo, donde la pasión del propio sujeto es el valor supremo. Esta hybris como desmesura, descompone, tal como dice J. Witte, las leyes de responsabilidad civil y social, basadas en la ley mosaica, griega, romana y el derecho canónico, como base de la tradición occidental. Así, el matrimonio y la familia son considerados como un flácido contrato privado formado, mantenido y disuelto según lo consideren coyunturalmente las partes, y sin importar el género de sus cónyuges. Incluso la deliberada conformación de mono-parentalidades, pluri-parentalidades y por alquiler de vientre, donde prácticamente todo requisito fundacional y trascendente en compromiso de un núcleo familiar ha desaparecido. Los delitos sexuales clásicos como el incesto, estupro y bestialismo, gradualmente son objeto de nuevas batallas culturales para su naturalización e incluso legalización como derechos de libertad sexual y privacidad, tal como ocurrió con el adulterio y la ideología de género. Las tradicionales categorías del matrimonio y familia así, para A. Campbell y M. Goldfeder, son presionadas para su minus-modelación hasta su "des-establecimiento", cuando no su "abolición", anulando la integración entre matrimonio, relaciones sexuales, parto y crianza de los hijos dentro de un sólido marco familiar para satisfacer, de la mejor manera, los derechos naturales y las necesidades de hombres, mujeres y niños por igual. Estas actualmente divididas cuatro fases, hoy se reconstituyen en formatos sociales antojadizos en función del propio deseo egocéntrico y de la adulación del propio interés, sinonimizando lo técnicamente posible con lo conductivamente aceptable y sacrificando la dimensión filial por el dominio personal cuyo límite será la eventual clonación. Y como apunta D. Browning, la crianza ha sido a su vez subcontratada a cuidadores de niños especializados; la educación es responsabilidad del Estado; y las consecuencias del fracaso se delegan a los trabajadores sociales.

Todo ello se fundamenta erróneamente en el liberalismo, ya que quien estudie seriamente las más importantes figuras de la Ilustración en Europa y América, a pesar de sus frecuentes cruzadas contra el establishment y lo religioso, dará cuenta de su apoyo a la configuración natural y tradicional del sexo, el matrimonio y la vida familiar más el cuerpo tradicional del derecho de familia. Entre ellos, incluyo a H. Grotius, S. Pufendorf, J. Barbeyrac, J. Locke, M. Wollstonecraft, Montesquieu, Voltaire, Hume, H. Home, F. Hutcheson, A. Smith, J. Bentham, W. Blackstone, W. Paley, T. Jefferson, J. Story, J. Kent y decenas de otros filósofos y juristas que escribieron desde el siglo XVII al XX. Estos arquitectos del liberalismo moderno, las libertades individuales, los derechos humanos, la igualdad social, el orden constitucional y el Estado de derecho, siempre adoptaron la mayoría de las formas y normas tradicionales del sexo, matrimonio y vida familiar, sosteniendo la integración continua entre sexo, matrimonio, parto y crianza de los hijos dentro de la familia. Dicha estructura, como la mejor manera de proteger la libertad personal y los derechos naturales de hombres, mujeres y niños, cultivando la salud, la seguridad y el bienestar de la comunidad. Todos ellos ofrecieron argumentos respaldatorios del matrimonio y familia tradicional, que devienen de la ley, derechos y equidad natural, así como de utilidad, economía, antropología comparada, y biología evolutiva.

Es por estas razones que decidieron que la ley positiva del Estado debe apoyar y fortalecer los matrimonios tradicionales como núcleos familiares y sociales, prohibiendo la poligamia, el adulterio y el actualmente llamado divorcio express, que violan los derechos naturales del cónyuge y motivan la deserción, abuso, negligencia y desheredación que a la sazón violan los derechos de sus hijos al sustento, protección y educación.  Y esto aplicado a fortioti a los formatos familiares monoparentales, y más aún al llamado matrimonio del mismo género, dado que aquí estamos incluso ante un discurso sin relación con la realidad, un valor narcisista y contrahecho, donde se predica el amor por la diversidad amando lo semejante. Y como resultado, una sociedad basada en la ambigüedad, la imitación y la impostura como producto de una pasión que pretende hacer presente lo que no está dado, una pretensión de realidad no constituida por la verdad develada en ella, sin un anclaje en la sustancia, sino un mero producto gramatical en función de la sacralizada subjetividad desiderativa. Un matrimonio y una familia que no poseen un esqueleto, sino que es una mera fórmula verbal sin reglas ni principios. Una nada, del mismo tenor que predicar un género sin correlato biológico, lo cual ni siquiera respeta la mínima estructura lógica, científica ni cultural.

Es por esta patente obviedad, básica correlación entre lenguaje y realidad, significante y significado, que pocas veces como en el derecho de familia, coinciden la filosofía secular con la cultura bíblica postulando la heterosexualidad del matrimonio, una elemental estructura parental por diferencias antropológicas, más una sociedad de géneros como condición biológica y no de roles sexuales. Así, la sólida base de nuestra occidentalidad impone la demanda propia de todo valor más la responsabilidad del humano para conformarse como tal. Un ser humano que sólo mediante la ley como restricción habilitante sale de su estado de vanidad. Para concluir desde la tradición legal, tal como se comenzó, si la ley es el ordenamiento de la voluntad, implica que procede de una decisión axiológica además del entendimiento. Por ello, no es la ley un instrumento para legalizar las pasiones cuyo único objeto es no ser molestado en llevarlas a cabo, sino que es la restricción de las pasiones habilitando la posibilidad de una humanidad verdaderamente libre, constituyéndose como tal.

*El autor es rabino, doctor en Filosofía
Miembro Titular de la Pontificia Academia para la Vida, Vaticano

Fuente: Valores Religiosos