Un magnicidio contra la democracia. Por Waldo Wolff


A casi 1500 días de ausencia, que son como 35 mil horas de dolor, reitero, como lo hice en su entierro, mis condolencias a sus seres queridos y mi compromiso en la búsqueda de justicia que no traerá al fiscal a la vida, pero será un bálsamo ante lo inexplicable.

Como parte de la sociedad, cuatro años merecen un balance y haré el mío. Un muerto en democracia exige esclarecimientos y como quienes debían ofrecerlos se entretuvieron bailando, como quisieron distraernos con el novelón de la tarde, importaron un enlatado japonés para hacernos creer que el fiscal que supuestamente presentó una denuncia que era un "mamarracho jurídico" se "suicidó por honor" como un samurái. Linda historia para Corín Tellado, porque además no se privaron de nada a la hora de sumarle detalle, incluida alguna falaz cuestión amorosa.

Causa 1: la denuncia del fiscal Nisman

Tal vez algunos creyeron que matar al fiscal mataba la denuncia realizada por él el 14 de enero de 2015, 4 días antes de su asesinato, contra la presidenta de entonces, Cristina Fernández de Kirchner, y otros ciudadanos argentinos bajo la acusación de encubrimiento a Irán por el atentado a la AMIA y de "fabricar la inocencia" de los ex funcionarios iraníes involucrados en el hecho. Para decirlo lisa y llanamente: el memorándum de entendimiento con Irán le otorgaba al acusado del atentado el poder de dictaminar respecto de sí mismo. Con ese Pacto Irán podía autoinvestigarse.


Lo que denominaron "su denuncia inconsistente" nada tenía de endeble. Arrojó 12 procesados. Perdón el pragmatismo, pero los datos son datos y los descalificativos son las palabras que suelen usar los que padecen impotencia de argumentos.

Lejos de sus fragilidades, el fiscal Nisman hizo una contundente acusación a ciudadanos que no tenían cargos insignificantes ni eran el último eslabón de una cadena.

Los que nos atrevemos a comprender, los que no le tenemos miedo a la democracia, los que pretendemos que la Justicia sea nuclear en un sistema republicano, levantamos la definición emanada de la Cámara de Casación que dijo que la denuncia fue "coherente, verosímil y plausible".

Pero no fue sencillo llegar a esa conclusión. El derrotero procesal estuvo plagado de complejidades: el juez Rafecas desestimó in limine la denuncia penal del fiscal Nisman, es decir, decidió que no produjera ninguna prueba de las pedidas por el fiscal y la archivó. El fiscal Gerardo Pollicita apeló contra la decisión del juez de mantener archivada la denuncia, pero Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, de la Sala I de la Cámara Federal, aunque flojos de papeles, confirmaron la decisión del juez.

El fiscal de la Cámara Federal, Germán Moldes, en septiembre de 2016, adhiriendo al fiscal Pollicita, presentó un recurso en Casación para pedir la nulidad de la decisión del juez Rafecas y que se abriera la denuncia.

Cuando ese recurso llega a Casación, el fiscal De Luca es el primero que lo toma, quien paradójicamente es un fiscal de Justicia legítima que habilitó que la denuncia volviera al juez Rafecas. Esta etapa podría denominarse de cepo jurídico, en el que casualmente los letrados cercanos al kirchnerismo deciden no abrir a pruebas la denuncia del fiscal.

Otra de las grandes paradojas es que no se hubiera podido llegar al procesamiento de hoy sin que la DAIA, junto a Luis Czyzewski y Mario Averbuch, padres de dos víctimas del atentado a la AMIA, se presentaran como querellantes. Y escribo "paradójicamente" porque no fueron aquellos representantes de la justicia los que podían mostrarle a la sociedad lo que falsamente muchos se arrogaron, que "la denuncia era inconsistente". No quisieron demostrarlo, tal vez porque no podían.

Es decir, en este derrotero, recién el 1° de febrero de 2017 el juez Lijo aceptó a la DAIA y a los familiares en la causa por encubrimiento porque para postularse en tanto querellantes tenían que tener legitimación activa.

Y fueron ellos quienes lograron que se abriera la denuncia. Sencillamente lo que pedían los familiares y la DAIA es que se investigaran una o dos pruebas, para ver si tenía o no consistencia y para que la Cámara de Casación pudiera dictar el fallo. Esa acción tan simple y tan propia de la transparencia democrática tardó 2 años y 18 días después de que el fiscal Nisman hiciera la denuncia.

Es así que, cuando llega al tribunal más alto en materia penal, a la Cámara Federal de Casación Penal, los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky descubren que, lejos del mamarracho jurídico que algunos querían encontrar, que lejos de haber sido escrita por Stiusso, la denuncia era coherente, verosímil y plausible, y tras estos vaivenes vale la pena repetirlo. Es así que se apartó al juez Rafecas y pasó a manos del juez Claudio Bonadío.

A pesar del tiempo perdido, de las deliberadas demoras, incluso cuando alguna vez un fiscal como De Luca considerara que los hechos denunciados por Nisman no configuraban ningún delito, que eso dejara a la causa fuera del alcance de la Corte Suprema y que abrió el debate sobre si el asunto era o no cosa juzgada, hoy, tras la apertura de la denuncia, hay 12 procesados y algunos con prisión preventiva. Esa no es precisamente la definición de "inconsistencia", podríamos buscarles otros calificativos a las 289 páginas de la denuncia, como: taxativa, contundente y reveladora.

Causa 2: el magnicidio del fiscal Nisman

El 20 de septiembre de 2016 la Corte Suprema de Justicia, el máximo organismo en material judicial, determinó por unanimidad y en tan solo siete días que la causa Nisman era —y es— competencia del fuero federal. Ya es sabido todo lo que hicieron para demorarlo, se tomaron 20 meses, 1 año y 9 meses para que la causa no estuviera donde tenía que estar y recibir el debido proceso.

Es decir, casi dos años más tarde recién se pudo investigar como corresponde. También esa demora fue prueba de magnicidio, y de hecho fue desde entonces que se determinó que el fiscal Nisman murió por lo que investigaba.

En el recorrido de estos años, a pesar de haber perdido mucho tiempo porque muchos freezaron todo lo que pudieron, porque enchastraron la escena del crimen, porque armaron una novela alrededor y porque intentaron que todo cuadrara, a pesar de eso hubo un juez —no un arquero-diputado— que dio un fallo contundente el 26 de diciembre de 2017 al afirmar: "Se ha demostrado suficientemente y con el grado de probabilidad que habilita el Código Procesal Penal de la Nación que la muerte del fiscal Nisman no obedeció a un suicidio y que habría sido producida por terceras personas y en forma dolosa".

No fue casualidad que la defensa de Lagomarsino intentara apartar de la causa a ese mismo juez en tres oportunidades.

Y no fue solo el juez. También lo ratificó la Cámara Federal, pero lo hizo recién el 31 de mayo del 2018, sosteniendo que el fiscal Nisman fue asesinado y pidió que se investigara la relación de su muerte con la denuncia que había presentado contra "las máximas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional" y otros ciudadanos. Expresamente dijeron que lo mataron "en virtud de la denuncia".

Fue así que los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, dos de los cuatro integrantes de la Cámara Federal Nacional, confirmaron el fallo de primera instancia del juez Julián Ercolini y asimismo lo hizo Casación por lo que se denomina el doble conforme.

Matar a un fiscal es un magnicidio. Un magnicidio es matar a alguien por su poder o por su cargo. Es decir, es matarlo por su información. Es el intento de taparle la boca a la República, es la manifestación visible de que la democracia molesta, que no se puede decir todo, que hay que tener cuidado. Matar a un fiscal es la expresión deliberada de instalar el miedo, el terror. Pusieron en una bandeja la cabeza de un fiscal que seguramente por muchas más razones que las que conocemos era un estorbo.

Nadie puede hablar por él. En algo ganaron: seguro hubo cosas que se llevó a la tumba. En mucho perdieron, los argentinos queremos vivir en democracia, somos muchos los que no callamos, somos muchos los que no vamos a asustarnos y seguir diciendo lo que hay que decir: la verdad.

Fuente: Infobae