Vox pide eliminar la expresión “motivos racistas y antisemitas” del delito de odio

 Vox quiere eliminar la mención expresa que el Código Penal español hace a los “motivos racistas y antisemitas” en la definición de los delitos de odio. Así figura en una de las enmiendas presentadas por dicho grupo al proyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, que este miércoles se debate en ponencia en el Congreso.

El partido ultra propone cambiar la tipificación de este delito, previsto en el arículo 510 del Código Penal, manteniendo el castigo a quienes fomenten, promuevan o inciten al odio, la discriminación o la violencia contra un grupo o una persona por razón de su ideología, religión, etnia, raza, nación, sexo, orientación sexual, etcétera, pero suprimiendo las referencias expresas que la ley vigente hace a los “motivos racistas y antisemitas”. Aunque esta mención puede parecer redundante, por estar ya implícita en las alusiones a la raza o la religión, España las incluyó en su legislación debido a los compromisos internacionales adquiridos y para poner el foco en dos de las manifestaciones históricamente más graves de crímenes contra la humanidad: el racismo y el antisemitismo.

No se trata de un fenómeno erradicado en España. La Fiscalía ha abierto recientemente diligencias ante las proclamas antisemitas lanzadas en un homenaje neonazi a la División Azul celebrado el pasado 13 de febrero en Madrid, en el que una dirigente falangista sentenció: “El judío es el culpable”.

Vox no justifica en su escrito las razones de esta modificación y el martes no respondió a las peticiones de EL PAÍS, pero este miércoles ha explicado que se trata de “una cuestión de técnica legislativa para evitar una redundancia. Lo que se ha hecho es acomodar [el texto del proyecto a] la redacción que contempla, por ejemplo, la Constitución española en el artículo 14, donde no se ponen ejemplos concretos para prohibir la discriminacion. Se usa genérico nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”, ha subrayado una portavoz del Grupo Parlamenario. La mención a los “motivos racistas [y] antisemitas” figura en el Código Penal español al menos desde 1995.

También se opone a considerar como agravante aquellos delitos de odio que “alteren la paz pública o creen un grave sentimiento de inseguridad o temor” entre los miembros de la comunidad objeto de ataque o acoso, por tratarse, sostiene, de “conceptos jurídicos absolutamente indeterminados”.

Vox ha sido objeto de numerosas denuncias por sus campañas en contra de los inmigrantes irregulares y la comunidad musulmana residente en España, a la que identifica colectivamente con la delincuencia y el terrorismo, pero hasta ahora no ha sido condenado por un delito de odio.

Además, el partido ultra propone eliminar de la ley de protección de los niños y adolescentes el objetivo de “superar los estereotipos de carácter sexista, racista, estético, homófobo o transfóbico”, con el argumento de que esta pretensión coarta la libertad que tienen los ciudadanos de expresar su opinión sobre “tales opciones sexuales, con base en su ideología, moral o creencias religiosas”. Y tampoco quiere que se forme a los docentes, jueces o fiscales en el impacto que los roles de género pueden tener sobre la violencia contra los menores; ya que “estos estereotipos”, asegura, pueden ser “los que, en ejercicio de su libertad religiosa y derecho sobre la educación de sus hijos, se presenten como deseables a la consideración de los padres”. A su juicio, prohibirlos “supondría un daño irreversible en la libertad de los padres para educar a sus hijos”.

En la misma línea, Vox tampoco acepta que se incluya como “publicidad que atenta contra la dignidad de la persona” o vulnera los valores y derechos constitucionales, aquella que “fomente estereotipos de carácter sexista, racista, estético o de carácter homófobo o transfóbico”.

Con sus enmiendas, el partido ultra ha pasado la goma de borrar sobre todas las referencias que se hacen en el texto a “las niñas”, alegando que el genérico “niños” incluye a ambos sexos, según la RAE: y, amparándose en la “mejora técnica y del lenguaje”, propone utilizar el término “discapacitados” en vez de “personas con discapacidad”; en contra de lo que dispone la convención de Naciones Unidas de 2006, ratificada por España.

También pide eliminar los llamados “indicadores de riesgo” que permiten intervenir a la Administración para prestar amparo al menor, cuando se dan una serie de circunstancias, entre las que el proyecto incluye la utilización de castigos habituales desproporcionados y “pautas de corrección violentas” o “la no aceptación de la orientación sexual, identidad de género o características sexuales” del tutelado. Vox tacha este catálogo de “delirante” y se pregunta si la negativa a vacunar a los hijos o la educación segregada por sexos podría llegar a considerarse un “indicador de riesgo”.

Finalmente, propone suprimir la obligatoriedad de que los menores condenados por delitos contra la libertad sexual o de violencia machista tengan que seguir un curso de “igualdad de género” para rehabilitarse; y considera “innecesario” explicitar que las víctimas de delitos de violencia machista deben ser informadas de las medidas que se tomen para protegerlas de sus agresores.


Fuente: El País