La imperiosa necesidad de efectuar reformas en el sistema judicial israelí

A la vez que dieron las espaldas a los principios jurídicos de la Torá, con el correr de los años los juristas israelíes desarrollaron enfoques legales que afectaron el carácter singular del Estado de Israel como país judío.

Una serie de sentencias de la Suprema Corte de Justicia abrieron las puertas del país a numerosos gentiles e impidieron que el Estado pudiera devolver a sus naciones de origen a quienes se migraron ilegalmente a Israel.

La Suprema Corte de Justicia obstaculiza de un modo sistemático el asentamiento de judíos, al tiempo que da muestras de indulgencia hacia el apropiamiento ilegal de tierras por parte de árabes.

También en cuestiones estrictamente halájicas como el Shabat, el recato, los tribunales rabínicos y la kashrut, la Suprema Corete ha dado muestras de poseer una actitud muy poco ecuánime.

A los efectos de permitir que el Estado de Israel efectivice sus metas es necesario un cambio profundo en el sistema judicial.

En la práctica, se construyó un aparato judicial que mama sus principios de la sociedad occidental y hace caso omiso a los valores de la Torá, el pueblo y la tierra de Israel, de modo tal que una y otra vez enajena al pueblo judío de sus valores, sus derechos, su territorio y de su singular vocación nacional. Creo que la responsabilidad por la situación actual recae por igual sobre ambos bandos: el de los rabinos que no se esmeraron por crear un sistema judicial acorde para el Estado de Israel y sobre los juristas que no se esforzaron por inspirarse en el legado judío a los efectos de diseñar el aparato legal israelí.

La Torá nos ordenó: «Estas son las sentencias que pondrás delante de ellos» (Shemot-Éxodo 21:1). El significado del precepto es que los hijos de Israel deben juzgar de acuerdo con las leyes de la Torá y no según la normativa de las demás naciones. Al establecerse el Estado de Israel los rabinos pidieron que el derecho vigente sea el de la Torá, sin embargo, el problema que surgió fue que a raíz de los largos años del exilio los sabios judíos no se dedicaron a los aspectos legales que resultan indispensables a la hora de dirigir una sociedad y una economía en el marco de un estado moderno, y por ello, resultó difícil instituir un sistema judicial de acuerdo con las leyes de la Torá. Nuestros más grandes rabinos se lamentaron enormemente por ello. No obstante, ante la ausencia de antecedentes suficientes no pudieron ofrecer una alternativa completa al sistema judicial secular, pero exigieron que se efectúe el máximo esfuerzo posible en aras de que este funcionara de acuerdo con el legado de la Torá. El Gran Rabino de Israel, el Rabino Herzog, llegó a escribir una propuesta de solución a varios de los problemas fundamentales. Cuando se dio cuenta de que el sistema judicial no está interesado en actuar inspirado en los valores de la Torá, escribió: «Ahora, que el pueblo de Israel reside en su tierra, y muy a nuestro pesar juzga de acuerdo con leyes ajenas, se trata de una acción infinitamente más grave que la de un individuo o una comunidad judía en el exterior que recurren a la justica de las naciones… y los resultados de semejante situación denigrante quién puede predecirlos» (HaTorá Vehamediná 7).

Las amargas consecuencias

Puede decirse que los líderes de la nación y los juristas no dieron sus espaldas al derecho tradicional de modo casual sino porque entendieron que no podrían sostener una sociedad y una economía modernas aplicando las leyes de la Torá, por lo que recurrieron al sistema jurídico que ya regía en esos días en el país, comenzando por las leyes turcas y basándose principalmente en el derecho británico. De ahí en adelante, continuaron estableciendo el sistema judicial sobre la base de la cuantiosa experiencia acumulada por los sistemas jurídicos de los países democráticos, fruto de la labor de cientos de miles de juristas, que, a través del intento, el error y la reparación generaron un sofisticado sistema que resultara apropiado para una sociedad moderna.

En la práctica, se construyó un aparato judicial que mama sus principios de la cultura occidental y hace caso omiso a los valores de la Torá, el pueblo y la tierra de Israel, de modo tal que una y otra vez enajena al pueblo judío de sus valores, sus derechos, su territorio y su singular vocación nacional. Creo que la responsabilidad por la situación actual recae por igual sobre ambos bandos: el de los rabinos que no se esmeraron por crear un sistema judicial acorde para el Estado de Israel y sobre los juristas que no se esforzaron por inspirarse en el legado judío a los efectos de diseñar el aparato legal israelí.

Al ser Israel un país singular tanto en los desafíos que enfrenta como en sus objetivos a concretar, el pecado de ignorar el legado judío demostró con el tiempo haber resultado especialmente grave, ya que los retos particulares de nuestro país son numerosos: es el único país del mundo sobre el cual pende una amenaza permanente a su mera existencia bajo la forma de cientos de millones de vecinos hostiles y que en su interior reside una minoría nada desdeñable que se opone a su carácter judío. Asimismo, sus objetivos son singulares: la reunión de las diásporas, la absorción de millones de judíos y la generación de una cultura judía afín a todos.

Resulta entonces, que, a pesar de las buenas intenciones, el aparato judicial es la institución que más perjudica a la identidad judía del Estado de Israel, a su seguridad y a nuestra capacidad de poblar el país. Expondré algunos ejemplos de ello.

Daño a la identidad judía de estado

1) La Suprema Corte de Justicia perjudicó el estatus de la lengua hebrea como idioma de curso en el país, equiparándola prácticamente al árabe.

2) La Suprema Corte evitó que se prohibiera a partidos políticos y a candidatos electorales anti sionistas presentarse a las elecciones al parlamento, en clara oposición a la ley fundamental de la Kneset que prohíbe a un partido que niega el carácter judío del país el participar del proceso político.

3) La Suprema Corte de Justicia anuló leyes destinadas a devolver a los inmigrantes ilegales a sus países de origen.

4) Dado que Israel es un país próspero, numerosas personas de todo el mundo desean inmigrar a él y recibir su ciudadanía con todos los beneficios que ello implica. Resulta que hace ya largos años que numerosos árabes que no son ciudadanos del Estado de Israel se casan con árabes locales y luego solicitan la ciudadanía. En una siguiente etapa, solicitan el estatus de ciudadanos para sus padres o hijos de sus matrimonios anteriores sobre la base del principio de reunificación familiar.

El gobierno israelí ha procurado evitarlo a través de una política según la cual el matrimonio con un ciudadano israelí no adjudica al cónyuge extranjero la ciudadanía del país, con el objetivo de preservar la mayoría judía, especialmente frente a la minoría árabe. Esto es así ya que el Estado de Israel se encuentra en una larga guerra con el mundo árabe, sus ciudadanos árabes tampoco se enrolan ni participan del esfuerzo militar y parte de estos se identifican con los enemigos del pueblo judío. En semejante estado de cosas, aumentar el número de ciudadanos árabes perjudica al carácter judío del país así como también a su robustez social, pudiendo incluso poner en peligro su seguridad.

Sin embargo, el establishment judicial pasó por alto estas consideraciones y atentó contra la política del gobierno y de la Kneset. En una primera etapa, el asesor letrado del gobierno evitó que el estado se opusiera a la reunificación de familias, y así, 150.000 árabes de Judea, Samaria y diferentes países árabes recibieron la ciudadanía israelí. En una segunda etapa, el asesor letrado del gobierno evitó que el Estado pudiera oponerse a la reunificación de familias árabes a los efectos de preservar la mayoría judía, y solamente le permitió hacerlo esgrimiendo argumentos del área de la seguridad nacional, esto es, solamente en virtud de la existencia de un peligro inminente de que el otorgamiento de la ciudadanía contribuya directamente al perpetrado de acciones terroristas. En una tercera etapa, cuando se presentó una apelación ante la Suprema Corte de Justicia contra la posición del gobierno, esta se dignó a autorizar la política estatal por diferencia de un solo voto, sobre la base del argumento de la amenaza a la seguridad nacional. Imaginemos nada más qué habría ocurrido sin un solo juez hubiera cambiado su postura, el Estado de Israel debería haber recibido a cientos de miles de ciudadanos árabes en sus filas.

Incluso hoy, esta postura de la Suprema Corte representa una amenaza permanente a la política del gobierno y hace que los funcionarios se desvíen de las indicaciones recibidas del poder político y autoricen un elevadísimo número de casos de reunificación familiar.

Perjuicio al valor del asentamiento en la tierra de Israel

Hace ya ciento cincuenta años que tiene lugar una contienda nacional entre judíos y árabes por la tierra de Israel. A los efectos de redimir la tierra y asentarse en ella, se estableció el Fondo Nacional Judío, y luego se erigió el Estado de Israel. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia, a través de un proceso gradual ha cercenado la capacidad del país de cumplir sus metas:

1) Prohibió al gobierno adjudicar tierras fiscales para asentar en ellas únicamente judíos.

2) Incluso en lo relativo a tierras del Fondo Nacional Judío que fueron adquiridas exclusivamente con dinero de judíos, a raíz de las sesiones que tuvieron lugar en la Suprema Corte, el asesor letrado del gobierno ordenó no otorgar preferencia al asentamiento de judíos.

3) Prohibió otorgar incentivos a los poblados judíos de la Galilea y del Neguev (judaizar la Galilea y el Neguev) y de ese modo dejó sin efecto el ideal que acompaña al movimiento sionista desde sus inicios.

4) A raíz de las apelaciones de diferentes organizaciones de izquierda, la Suprema Corte intervino rápidamente y exigió el desalojo de enclaves y de barrios judíos en Judea y Samaria dejando sin efecto la normativa vigente en lo que respecta a los procedimientos de revisión de la propiedad de la tierra que tienen lugar en los tribunales de paz y en los regionales, adoptando la postura de nuestros enemigos en cuanto a que la Margen Occidental es territorio ocupado.

5) La justicia israelí prohibió al gobierno la fumigación aérea de parcelas que beduinos labraban ilegalmente en el Neguev a pesar de que se demostró que se trataba de un mecanismo efectivo para frenar la apropiación indebida de tierras fiscales.

6) El aparato judicial israelí ha discriminado en forma permanente a los gobiernos de derecha cuando estos intentaron llevar adelante una política sionista. Un ejemplo de ello: la Suprema Corte de Justicia prohibió al primer ministro Biniamín Netaniahu en su primer período de gobierno cerrar el ‘Orient House’ (la sede de la OLP en la ciudad de Jerusalém) so pretexto de que el suyo era un gobierno de transición, pero al mismo tiempo, rechazó una apelación en contra de las conversaciones en Taba en los días finales del gobierno de Ehud Barak que se encontraba en un estatus similar, y de igual manera, recientemente, permitió al gobierno de Lapid firmar un acuerdo de límites marítimos con el Líbano.

Perjuicio en cuestiones de rabínicas y halájicas

1) Por medio de una serie de decisiones, la Suprema Corte atentó contra los valores del Shabat, permitiendo más y más profanaciones públicas del día sagrado (cines, centro comerciales en las afueras de las ciudades y tiendas de conveniencia en el interior de Tel Aviv etc.).

2) En una serie de decisiones judiciales, la Suprema Corte intervino en los criterios de decisión de los rabinos de las ciudades en lo concerniente al otorgamiento de certificados de kashrut.

3) Forzó a los tribunales rabínicos a dictar sentencias en cuestiones económicas de acuerdo con la normativa secular.

4) Prohibió a los tribunales rabínicos oficiales a fungir como mediadores en el marco de la ley de arbitraje.

5) La Kneset legisló la ‘Ley de los Fundamentos Legales’ por efecto de la cual en toda pregunta jurídica que surgiere y en la cual la ley israelí no haya adoptado una postura definida, el tribunal podrá recurrir a los valores de la tradición judía. En la práctica, la Suprema Corte de Justicia vació a la ley de todo contenido efectivo.

6) La figura del asesor letrado del gobierno impuso la participación de cantantes mujeres en los actos oficiales y semi oficiales sin tomar en cuenta la postura de la Halajá ni la del público observante tanto religioso como jaredí.

7) El establishment jurídico prohibió presupuestar y apoyar la realización de espectáculos destinados únicamente para mujeres. Al margen del daño que ello infligió, incurrió en la grave acción de exponer a las mujeres que lo solicitaron como inmorales y discriminadoras.

8) La sentencia de la Suprema Corte de Justicia destinada a incorporar mujeres a las unidades de combate del ejército no tomó en cuenta en ningún momento la postura de la Halajá.

 

Perjuicio a la seguridad nacional

1) La Suprema Corte prohibió presionar físicamente a los interrogados por el Servicio de Seguridad (Shabak) aun en casos en los cuales ello permitiría desbaratar un atentado inminente.

2) Dejó sin efecto el «procedimiento del vecino» que salvó la vida de numerosos soldados.

3) Estableció limitantes estrictas a las posibilidades del ejército de eliminar terroristas que están por perpetrar un ataque terrorista.

4) Dejó sin efecto una ley que permitía detener terroristas peligrosos durante dos semanas sin ver a un juez, a pesar de la urgente necesidad de extraer de estos información.

5) En oposición a la postura de las fuerzas de seguridad que advirtieron sobre el peligro existente, la Suprema Corte ordenó desarmar y remover en numerosos sitios la cerca de seguridad o el alambrado de los asentamientos judíos, así como también obligó a abrir caminos y retirar puestos de vigilancia o retenes.

6) En una serie de decisiones, la Suprema Corte y el establishment jurídico israelí forzaron al ejército a reclutar mujeres en sus unidades combatientes en oposición a la postura de los comités profesionales.

A propósito, dado que la postura sesgada del aparato judicial es conocida, el mero hecho de que la Suprema Corte comienza a tratar determinadas apelaciones alcanza para que el gobierno suspenda su política. Por ejemplo: la Suprema Corte trató en varias sesiones las apelaciones de organizaciones de izquierda en contra de la reducción de abastecimiento de combustible, electricidad y diferentes enseres a la franja de Gaza y a raíz de ello el asesor letrado del gobierno, el Sr. Mazuz, ordenó al gobierno dejar sin efecto sus planes operativos.

El cambio en el sistema resulta imperativo

Alcanza con esta somera recopilación para determinar que el aparato judicial es la institución que más perjudica y en mayor medida afecta negativamente a los valores del judaísmo y el sionismo en el Estado de Israel. A los efectos de permitir que nuestro país pueda cumplir con su misión y alcanzar sus metas resulta imperioso efectuar una reforma profunda, que lo faculte para reflejar sus valores como el país del pueblo judío.